Renta 2026
20 de julio de 20268 min de lectura

Deducciones de renta 2025: cómo pagar menos impuesto, legalmente

Entre dos personas con el mismo ingreso, la diferencia entre pagar mucho o poco impuesto suele estar en una sola cosa: cuántos beneficios tributarios aplicaron y con qué soportes. Esta es la lista de deducciones y rentas exentas vigentes para el año gravable 2025 (la declaración que presentas en 2026), con sus topes exactos.

Renta exenta automática: el 25% laboral

Si tienes ingresos de trabajo (salario u honorarios en ciertas condiciones), el 25% de tus pagos laborales está exento de renta, con tope anual de 790 UVT ($39.341.210). Es el beneficio más grande para la mayoría de asalariados y se aplica después de restar los demás beneficios sobre la base laboral.

Deducciones con nombre propio

BeneficioTopeEn pesos (UVT 2025)
Dependientes (Art. 387)10% del ingreso, hasta 32 UVT/mesHasta $19.122.816/año
Dependientes adicional (Art. 336)72 UVT por dependiente, máx. 4Hasta $14.342.112/año
Medicina prepagada / seguros de salud16 UVT/mesHasta $9.561.408/año
Intereses de crédito de vivienda1.200 UVT/añoHasta $59.758.800/año
Aportes voluntarios AFC / pensión voluntaria30% del ingreso, hasta 3.800 UVTHasta $189.236.200/año
Compras con factura electrónica1% de las compras, hasta 240 UVTHasta $11.951.760/año
GMF (4×1000) pagado en el año50% de lo pagadoSegún tu certificado bancario

Dependientes: el doble beneficio que pocos combinan

Hijos hasta cierta edad, cónyuge o padres que dependan económicamente de ti dan derecho a dos beneficios distintos: la deducción clásica del 10% del ingreso (hasta 32 UVT mensuales) y, desde la reforma de 2022, 72 UVT adicionales por cada dependiente hasta 4 — y esta última no consume el techo del 40%.

El 1% de tus compras cotidianas

Mercado, restaurantes, ropa: el 1% de las compras soportadas con factura electrónica donde figures como comprador es deducible, hasta 240 UVT al año, y tampoco consume el techo del 40%. El requisito es simple pero inflexible: pedir factura electrónica a tu nombre (con tu cédula) en cada compra. Y el 50% del GMF que pagaste entra por la misma vía de "beneficios sin techo".

Lo que resta antes de todo: aportes obligatorios

Tus aportes obligatorios a salud y pensión (los de nómina o los de la PILA como independiente) no son técnicamente una deducción: son ingresos no constitutivos de renta y se restan de la base antes de cualquier otro cálculo, sin tope del 40%. Si eres independiente y cobras en dólares, revisa además la guía para freelancers.

La condición para que todo esto exista: soportes

Ninguna deducción sobrevive sin papel: certificado del banco para los intereses de vivienda y el GMF, de la prepagada para salud, planillas PILA, y facturas electrónicas para el 1%. La forma barata de no perder beneficios es registrar los gastos cuando ocurren, no reconstruirlos en octubre. Sencillo clasifica tus movimientos con categorías tributarias durante el año y simula tu impuesto con estos topes — así llegas a la declaración con el trabajo hecho.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite total de deducciones en la renta 2025?

Las rentas exentas y deducciones generales no pueden superar el 40% de los ingresos netos ni 1.340 UVT ($66.730.660). Quedan por fuera de ese techo la deducción de 72 UVT por dependiente, el 1% de compras con factura electrónica y los aportes obligatorios a salud y pensión.

¿Cuánto es la renta exenta del 25% en 2025?

El 25% de los pagos laborales está exento con un tope anual de 790 UVT: $39.341.210 con la UVT de 2025 ($49.799).

¿Qué cuenta como dependiente para la deducción?

Entre otros: hijos menores o estudiando dentro de los límites de edad de la norma, cónyuge o compañero(a) sin ingresos suficientes, y padres o hermanos en situación de dependencia. Cada caso tiene condiciones específicas del Art. 387 del Estatuto Tributario.

¿Las compras de mercado sirven para pagar menos renta?

Sí: el 1% de las compras soportadas con factura electrónica emitida a tu nombre es deducible, hasta 240 UVT al año ($11.951.760), y no consume el límite del 40%. La clave es pedir siempre la factura con tu cédula.

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Documento informativo. No constituye asesoría tributaria profesional. Cifras del año gravable y UVT según la normativa vigente al momento de publicación. Verifica siempre tu situación con la información oficial de la DIAN o un contador.